EL SISTEMA ELECTORAL COLOMBIANO

María Elvira Rodríguez Contreras y Manuel Rojas Pérez

Como un Estado democrático que es, Colombia basa su sistema de gobierno en la elección de sus representantes gubernamentales por parte de los ciudadanos. Este principio fundamental está consagrado en los artículos 1 y 3 de la Constitución Política de Colombia, que establece la soberanía del pueblo y el carácter democrático de sus instituciones.

El pueblo colombiano elige a los principales responsables de su Poder Ejecutivo, esto es, al Presidente de la República y al Vicepresidente, quien también es elegido directamente mediante sufragio. Pero también escoge al Poder Legislativo, que consta de dos Cámaras legislativas: el Senado y la Cámara de Representantes.

En cuanto al Poder Ejecutivo, la elección tanto del Presidente como del Vicepresidente se lleva a cabo a través del sistema nominal de mayoría absoluta con doble vuelta, se realiza de manera conjunta, postulados en una misma fórmula electoral, tal como lo dispone el artículo 190 de la Constitución.

Esto logra evitar que los candidatos sean elegidos por una pequeña proporción del voto popular y, por el contrario, busca que quien resulte electo cuente con una cuota de legitimidad importante, asegurada por el voto favorable de la mayoría absoluta de los votantes.

En la primera vuelta, los electores registrados o empadronados eligen entre los múltiples candidatos inscritos. En el sistema colombiano, para ganar en esta instancia, un candidato necesita obtener más de la mitad de los votos válidos (es decir, más del 50% + 1 de los votos). Si ningún candidato alcanza este umbral, se procede a una segunda vuelta.

Si se requiere una segunda vuelta, esta se celebra tres semanas después de la primera. En esa ocasión, solo compiten los dos candidatos que obtuvieron las votaciones más altas en la primera vuelta y el candidato que logre la mayoría simple de votos (más de la mitad de los votos válidos en esta vuelta) será el nuevo Presidente de Colombia.

En 2022, Gustavo Petro y Rodolfo Hernández obtuvieron las dos votaciones más altas, pero ninguno superó el 50%, por lo que se llevó a cabo una segunda vuelta el 19 de junio, donde Petro fue electo presidente con el 50.44% de los votos.

A diferencia de las elecciones presidenciales, la elección del Poder Legislativo nacional, esto es, los miembros del Congreso de la República (Senadores y Representantes a la Cámara) el sistema colombiano utiliza el sistema de la representación proporcional con listas de candidatos, método que busca reflejar la pluralidad política, permitiendo que las diferentes fuerzas políticas obtengan una representación en el parlamento acorde con su votación, establecido dicho sistema en los artículos 176 y 263 de la Constitución colombiana.

El Senado se elige por una circunscripción nacional única (artículo 171 constitucional). Esto significa que los candidatos compiten por curules en todo el territorio colombiano. Para que un Partido Político obtenga una curul, debe superar un umbral electoral del 3% de los votos válidos a nivel nacional o haber logrado una votación igual o superior al 50% del promedio de votos para la distribución de curules en la respectiva circunscripción. Una vez superado el umbral, los escaños se distribuyen a través de la fórmula del Método de D’Hondt, que favorece a las listas con mayor votación.

Existen además dos curules adicionales para la circunscripción especial indígena, elegidos por las comunidades indígenas.

Por su parte, la Cámara de Representantes se elige por circunscripción territorial departamental, a excepción de Bogotá que tiene una circunscripción especial (artículo 176 constitucional),. A diferencia del Senado, la distribución de curules en cada departamento se basa en el número de habitantes. La elección también utiliza la fórmula de D’Hondt para distribuir los escaños.

Para que una lista obtenga una curul, debe superar un umbral electoral que es el 50% del cociente electoral de la respectiva circunscripción. El cociente electoral se calcula dividiendo el total de votos válidos entre el número de curules a proveer. Si ninguna lista supera este umbral, el cociente se rebaja al 70%, tal como lo establece el artículo 263 de la Constitución Política y el artículo 38 de la Ley 1475 de 2011.

Además, la Cámara cuenta con cinco curules especiales para las comunidades afrodescendientes (artículo 176, inciso 5° de la Constitución), una para las comunidades indígenas (artículo 176, inciso 6° constitucional), una para los colombianos residentes en el exterior (artículo 176, inciso 4° de la Carta Magna) y Dieciséis curules transitorias especiales de paz (Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz para la Cámara de Representantes – CITREP) para las víctimas de los territorios más afectados por el conflicto armado, elegidas por periodos de dos elecciones, de conformidad con el Acto Legislativo 02 de 2021.

Un aspecto fundamental en la elección de los congresistas, regulado por la Ley Estatutaria 1475 de 2011 (artículos 31 y 32), es el tipo de lista que presenta el partido político. Estas pueden ser:

Listas abiertas: Los electores votan por el partido o movimiento político y, adicionalmente, por uno de los candidatos dentro de esa lista, determinando con su voto la posición de ese candidato en el orden de asignación de curules. Este modelo se utiliza en la mayoría de las elecciones al Congreso y permite a los votantes tener mayor incidencia en la selección del representante;

Listas cerradas: El elector solo puede votar por el partido o movimiento político. El orden de los candidatos en la lista es inmodificable y preestablecido, usualmente decidido por la dirección del partido. Los escaños se asignan a los candidatos en el orden en que aparecen en la lista. Este sistema fortalece la disciplina de partido. Aunque no ha sido implementado para las elecciones al Congreso, ha sido objeto de debate y propuestas de reforma.

En esencia, el sistema electoral colombiano se configura como un mecanismo complejo y dual, donde para la elección del Poder Ejecutivo se prioriza la legitimidad mayoritaria mediante el sistema de doble vuelta, mientras que la elección del Poder Legislativo opta por un modelo de representación proporcional con la aplicación del método de D’Hondt y la inclusión de circunscripciones especiales, con lo que se busca garantizar la pluralidad política y la representación de las minorías territoriales, étnicas y de víctimas, cumpliendo con el imperativo constitucional de un Estado participativo.

En fin, la estructura institucional del sistema electoral colombiano equilibra la necesidad de un liderazgo ejecutivo robusto con la obligación de reflejar la rica diversidad social y política del país en el Parlamento.

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