Manuel Rojas Pérez
Las relaciones entre la República Bolivariana de Venezuela y la Organización de las Naciones Unidas (ONU) constituyen uno de los casos más complejos y paradigmáticos del multilateralismo latinoamericano contemporáneo.
Desde su condición de Estado fundador de la ONU en 1945, Venezuela ha mantenido una presencia activa en distintos órganos internacionales, incluyendo el Consejo de Seguridad, la Corte Internacional de Justicia y el Consejo de Derechos Humanos.
Sin embargo, durante las últimas dos décadas, especialmente a partir de la profundización de la crisis política, económica e institucional venezolana, la relación con el sistema de Naciones Unidas ha transitado desde la cooperación diplomática a una dinámica de supervisión internacional, denuncias sobre violaciones de derechos humanos y crecientes tensiones políticas.
El caso venezolano permite analizar cómo el derecho internacional contemporáneo ha evolucionado desde una concepción clásica de soberanía absoluta hacia esquemas de supervisión internacional orientados a la protección de los derechos humanos y la gobernanza democrática. La experiencia venezolana evidencia las tensiones permanentes entre el principio de no intervención, consagrado en la Carta de las Naciones Unidas, y la creciente legitimidad de los mecanismos internacionales de monitoreo humanitario y protección internacional.
I. Venezuela como Estado fundador del sistema multilateral contemporáneo
Como dijimos, Venezuela formó parte de los Estados fundadores de la Organización de las Naciones Unidas tras la Conferencia de San Francisco de 1945, convirtiéndose en uno de los cincuenta y un miembros originarios de la organización. Era la época donde Venezuela tenía papel de importancia en el naciente sistema multilateral y geopolítico, y desde ese entonces estaba inserta en el proceso de institucionalización del orden internacional posterior a la Segunda Guerra Mundial y su adhesión al proyecto jurídico-político de seguridad colectiva.
La incorporación de Venezuela al sistema de Naciones Unidas debe comprenderse dentro del contexto de expansión del constitucionalismo internacional de posguerra. La Carta de las Naciones Unidas representó el nacimiento de un nuevo paradigma jurídico internacional basado en la prohibición del uso de la fuerza, la cooperación multilateral y la protección internacional de la dignidad humana.
Desde sus primeros años dentro de la ONU, Venezuela asumió una participación activa en distintos órganos multilaterales. Integramos el Consejo de Seguridad como miembro no permanente en cinco oportunidades: 1962-1963, 1977-1978, 1986-1987, 1992-1993 y 2015-2016. Esta presencia reiterada revela el peso diplomático que Venezuela llegó a tener dentro del sistema regional latinoamericano y en el marco del grupo regional de América Latina y el Caribe.
Asimismo, Venezuela participó activamente en la consolidación institucional de organismos vinculados al desarrollo internacional como el programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), donde la participación venezolana en su creación en 1965 fue importante. Este elemento evidencia la histórica vocación venezolana hacia el multilateralismo cooperativo y el desarrollo internacional.
II. El sistema universal de derechos humanos y la transformación de la relación ONU-Venezuela
La relación contemporánea entre Venezuela y Naciones Unidas ha estado determinada por el sistema internacional de protección de los derechos humanos. Durante décadas, Venezuela mantuvo una participación relativamente estable dentro de los órganos internacionales de supervisión. Sin embargo, el deterioro institucional experimentado desde comienzos del siglo XXI modificó sustancialmente la naturaleza de esta relación.
Venezuela integró el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas durante tres períodos consecutivos: 2013-2015, 2016-2018 y 2019-2022. No obstante, paradójicamente, mientras el Estado venezolano ocupaba un asiento dentro del principal órgano político de derechos humanos de la ONU, diversos mecanismos internacionales comenzaron a documentar denuncias sistemáticas sobre violaciones graves de derechos fundamentales en el país.
Y llegó la época de inflexión con las protestas de 2017. A partir de ese momento, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH), que entonces dirigía la ex presidenta de Chile Michelle Bachelet, incrementó significativamente sus labores de documentación y monitoreo sobre la situación venezolana ante las denuncias de violaciones de derechos humanos por parte de los organismos de seguridad ciudadana, lo que representó la activación de mecanismos de supervisión internacional.
La visita de Bachelet a Venezuela en 2019 constituyó un hecho de especial relevancia diplomática e institucional, que si bien reflejó un reconocimiento implícito del gobierno venezolano respecto de la legitimidad internacional del sistema universal de protección de derechos humanos, también dejó clara la tensión mundial que existe con Venezuela y su gobierno. Como consecuencia de esa visita se estableció una oficina técnica permanente del ACNUDH en el país, destinada a monitorear la situación humanitaria y de derechos humanos.
Esto, si lo vemos desde la óptica del derecho internacional público, demuestra cómo los mecanismos internacionales contemporáneos han ampliado progresivamente su capacidad de supervisión sobre asuntos tradicionalmente considerados de jurisdicción interna. El principio clásico de soberanía estatal de la época del tratado de Westfalia ha sido reinterpretado bajo estándares que admiten el escrutinio internacional cuando existen indicios de violaciones sistemáticas de derechos fundamentales y va consolidando la idea de que las violaciones graves de derechos fundamentales dejan de ser asuntos exclusivamente internos y generan preocupación legítima para la comunidad internacional organizada.
III. Tensiones entre soberanía estatal y supervisión internacional
Durante los últimos veinte años, las relaciones entre Venezuela y Naciones Unidas se han mantenido en constante tensión, entre los conceptos de soberanía estatal y supervisión internacional. El gobierno venezolano ha sostenido recurrentemente que algunos informes y actuaciones de organismos internacionales responden a criterios políticos y vulneran el principio de no intervención.
Las tensiones alcanzaron un nuevo nivel en febrero de 2024, cuando el gobierno venezolano expulsó al personal de la oficina técnica del ACNUDH después de que la Oficina expresara preocupación por la detención de la abogada y activista Rocío San Miguel y solicitara su liberación. Posteriormente, en noviembre de ese mismo año, el gobierno informó sobre la reactivación de la oficina técnica ante el fiscal de la Corte Penal Internacional, Karim Khan.
Por una parte, el Estado venezolano continúa reconociendo formalmente la legitimidad del sistema de Naciones Unidas; por otra, rechaza determinados mecanismos de investigación y denuncia cuando considera que afectan su soberanía o legitimidad política interna.
IV. Crisis institucional y limitaciones financieras frente a Naciones Unidas
Otro elemento relevante de las relaciones ONU-Venezuela ha sido el incumplimiento de obligaciones financieras internacionales. Venezuela perdió el derecho al voto en la Asamblea General de Naciones Unidas en diversas oportunidades —2018, 2020, 2022 y 2023— debido al impago de sus contribuciones financieras obligatorias conforme al artículo 19 de la Carta de las Naciones Unidas. Para 2023, la deuda acumulada ascendía a aproximadamente 76 millones de dólares.
El artículo 19 de la Carta establece un mecanismo de suspensión automática del derecho al voto para aquellos Estados que acumulen atrasos equivalentes o superiores a las contribuciones adeudadas por los dos años anteriores. Aunque el Estado conserva su condición de miembro, la pérdida del voto representa una limitación significativa de participación política dentro de la organización.
V. La dimensión humanitaria y el papel operativo de Naciones Unidas en Venezuela
Más allá de las controversias políticas y jurídicas, Naciones Unidas mantiene una presencia operativa significativa dentro del territorio venezolano. Actualmente, el sistema de Naciones Unidas en Venezuela está conformado por 22 entidades residentes y no residentes que desarrollan actividades humanitarias, sociales y de cooperación técnica.
Las agencias de la ONU trabajan en áreas vinculadas con salud, alimentación, educación, protección social y recuperación socioeconómica. Según datos oficiales del sistema ONU en Venezuela, durante 2023 aproximadamente dos millones setecientos mil de personas recibieron asistencia o apoyo a través de programas coordinados por las agencias internacionales.
La respuesta humanitaria en Venezuela constituye un ejemplo relevante de aplicación práctica del derecho internacional humanitario y del derecho internacional de los derechos humanos en contextos de crisis compleja no armada. Nuestra experiencia ha contribuido a expandir las discusiones doctrinales sobre la intervención humanitaria consensuada, la cooperación internacional y el rol de las organizaciones multilaterales frente a crisis económicas y sociales prolongadas.
Diversos reportes humanitarios señalan además que millones de venezolanos han recibido asistencia alimentaria, sanitaria y educativa mediante programas coordinados por Naciones Unidas y organizaciones asociadas. Esto demuestra que, pese a las tensiones diplomáticas, persisten espacios de cooperación práctica entre el Estado venezolano y el sistema internacional.
VI. Reflexiones finales
El caso venezolano representa uno de los casos contemporáneos más relevantes para el estudio del derecho internacional público y el derecho internacional de los derechos humanos en América Latina. La experiencia evidencia la transformación progresiva del sistema internacional desde un modelo centrado exclusivamente en la soberanía estatal hacia esquemas más complejos de gobernanza internacional y supervisión institucional.
Las organizaciones internacionales han adquirido capacidades crecientes para influir en dinámicas políticas internas, particularmente mediante mecanismos de monitoreo, documentación y cooperación humanitaria. La actuación de Naciones Unidas en Venezuela refleja la consolidación de un modelo de multilateralismo basado no solo en la cooperación interestatal clásica, sino también en la protección internacional de los derechos fundamentales.
Sin embargo, también resulta evidente que los mecanismos internacionales poseen limitaciones estructurales. La efectividad de los sistemas internacionales continúa dependiendo, en gran medida, de la cooperación estatal y de la voluntad política de los gobiernos nacionales. Las tensiones entre Caracas y diversos órganos internacionales muestran los límites reales del derecho internacional frente a crisis políticas complejas.
Manuel Rojas Pérez
Profesor de Derecho Constitucional Universidad Central de Venezuela
Profesor de Organismos Internacionales Universidad Metropolitana

